viernes, 10 de septiembre de 2021

INFORMACIÓN DIRIGIDA A LAS FAMILIAS DE ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.

INFORMACIÓN DIRIGIDA A LAS FAMILIAS DE ALUMNOS CON 
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.
El pasado 28 de julio se publicó la Resolución de la secretaría de Estado de educación 
por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo 
educativo para el curso 2021/22.
Participantes
Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad,
trastornos graves de conducta, TDAH, TEA o trastorno grave de la comunicación y del 
lenguaje, así como para asistencia a programas específicos complementarios para
alumnado con altas capacidades.
Plazo de presentación de solicitudes y documentación:
El plazo de presentación se extiende hasta el 30 de Septiembre de 2021, inclusive.
Aquellos alumnos que reciban reeducación pedagógica y/o del lenguaje en un 
gabinete o centro fuera del colegio debe entregar la solicitud antes del 20 de 
septiembre.
Cumplimentación de las solicitudes:
Las familias que hayan solicitado la ayuda el curso anterior utilizarán el mismo 
usuario y contraseña. Aquellos que lo soliciten por primera vez deben registrarse con el DNI 
del alumno o del padre/madre del mismo.
Las solicitudes deberán cumplimentarse través de:
 La sede electrónica del Ministerio de Educación: 
https://sede.educacion.gob.es, en el apartado de “Trámites y Servicios”.
 La dirección es www.educacionyfp.gob.es
Una vez cumplimentada la solicitud telemática:
 Con firma electrónica: se cumplimenta y envía la solicitud con la 
documentación adjunta escaneada. No es necesario presentar nada en el 
Centro. 
 Sin firma electrónica: se imprime el modelo de solicitud en fichero pdf 
y se presenta en el Centro con la firma de todos los miembros 
computables de la familia.
La presentación de la solicitud firmada por el padre, madre o tutor legal implica que 
autorizan a las administraciones educativas a obtener, a través de las administraciones 
correspondientes, los datos necesarios para su identificación así como la renta y 
elementos indicativos del patrimonio familiar a efectos de esta ayuda.
Documentación a presentar:
o Fotocopia DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 
años. (Si el solicitante tiene DNI también deberá aportarlo).
o Fotocopia datos bancarios donde desean percibir el importe de la ayuda, si es 
concedida. (El solicitante deberá ser titular o cotitular).
o Fotocopia del título de familia numerosa, si procede.
o Para los alumnos que soliciten los conceptos “Reeducación Pedagógica y/o del 
lenguaje”, es obligatorio un certificado del centro o gabinete donde recibe la 
reeducación.
o Certificado dependiendo del diagnóstico del alumno:
o Discapacidad: certificado de discapacidad y certificado del EOEP en el que 
se acredite que el alumno presenta necesidad específica de apoyo educativo.
Este certificado ya lo tenemos en el colegio.
o Trastorno grave de conducta, trastorno grave de la comunicación y del 
lenguaje; y TDAH: certificado del EOEP en el que se acredite que el alumno 
presenta necesidad específica de apoyo educativo. Este certificado ya lo 
tenemos en el colegio.
o TEA: certificado médico donde conste el diagnóstico TEA y certificado del 
EOEP en el que se acredite que el alumno presenta necesidad específica de 
apoyo educativo. Este certificado ya lo tenemos en el colegio.
o ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES: memoria del centro que 
imparte el programa y certificado del EOEP. Este certificado ya lo tenemos 
en el colegio.
Estado de tramitación:
La información sobre el estado de tramitación del procedimiento podrá consultarse 
a través de la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es o dirigiéndose a la 
unidad de becas.
Deberán consultar periódicamente el correo electrónico para leer las posibles 
notificaciones.
Control sobre el cumplimiento de la finalidad de la ayuda:
Las familias deberán devolver la cantidad de la ayuda concedida cuando se produzca 
alguna de estas situaciones:
o Haber causado baja en el Centro sin causa justificada.
o No haber asistido a un cincuenta por ciento o más de las horas lectivas.
o No haber abonado servicios prestados para cuya financiación se hubiera 
concedido la ayuda.
Para aclarar cualquier duda sobre la tramitación de estas ayudas, pueden acudir a 
dirección los días 14 y 15 de 9 a 10 h.
 
 EL EQUIPO DIRECTIVO


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